ANÁLISIS ECONÓMICO

Mejora la previsión de crecimiento de la economía al 2,4%, si bien se constata una ralentización

La economía española crecerá de nuevo este año por encima del 2%, si bien se observará una tendencia a la desaceleración. El crecimiento del PIB será del 2,4%, cinco décimas más de lo esperado en octubre, frente al 2,8% registrado en 2025, según las previsiones económicas de Funcas para España. La revisión al alza se explica sobre todo por el impulso expansivo procedente del año pasado, que ha sido mayor de lo previsto (este efecto de arrastre, por sí solo, aporta tres décimas de crecimiento).

Evolución económica reciente

Tras la aceleración de la economía en el cuarto trimestre de 2025, con un avance intertrimestral del PIB del 0,8%, los escasos indicadores de enero disponibles apuntan a un enfriamiento en el comienzo de 2026, especialmente en el sector servicios, posiblemente afectado por la adversa meteorología.

Supuestos de las previsiones

Las previsiones de Funcas parten de ciertos supuestos de política macroeconómica y de inmigración, variable esta última que ha resultado crucial para explicar el ciclo expansivo de la economía española.

En materia de política monetaria se prevé el fin del ciclo de recortes de tipos de interés, de modo que la facilidad de depósitos, principal referencia del BCE, se mantendrá en el 2% actual hasta 2027.

En cuanto a la inmigración, Funcas estima que la desaceleración en el número de activos extranjeros se prolongará durante el periodo de previsión:

  • La población activa extranjera aumentará un 5% este año y un 4% en 2027
  • En 2024 lo hizo un 8,2% y en 2025, un 6,3%

Esta hipótesis implica que el anunciado proceso de regularización solo incidiría en el empleo y no en los flujos de entrada de fuerza laboral foránea, al menos en el corto plazo.

Motores del crecimiento

El crecimiento se sustentará en la demanda interna, cuya aportación será de 3,1 puntos, uno más de lo previsto en octubre. Destaca el tirón del consumo privado, apoyado en la creación de empleo y, en menor medida, en una leve revalorización de las remuneraciones en términos reales.

La inversión avanzará, por la recuperación de la construcción de vivienda y la necesidad de acelerar la ejecución del remanente de fondos europeos.

Por su parte, el sector exterior detraerá 0,7 puntos de crecimiento de PIB por el debilitamiento de las exportaciones, en un contexto de tensiones comerciales a nivel global, y, en el plano nacional, de pérdida de competitividad de algunos destinos turísticos.

Previsiones para 2027

La moderación del turismo, de la expansión fiscal procedente de los fondos europeos y del crecimiento poblacional será más palpable a partir del año que viene. En consecuencia, en 2027 la economía española crecerá el 1,8%, una décima más que en la anterior previsión.

Inflación

El tirón de la demanda interna explica la persistencia de la inflación en el entorno del 2,5% este año, mientras que la media de la eurozona se situaría por debajo del 2%, evidenciando una cierta pérdida de competitividad. El diferencial desfavorable se mantendrá en 2027, si bien algo menos pronunciado, por la moderación de la demanda interna.

Empleo

El crecimiento traerá consigo la creación de más de 800.000 puestos de trabajo en los dos próximos años, permitiendo un descenso de la tasa de paro hasta el 9%, dos décimas menos que en la previsión de octubre. Además del propio dinamismo de la economía, el proceso de regularización de inmigrantes también redundará en un incremento del empleo.

Déficit público

El crecimiento de la economía también mejorará los desequilibrios presupuestarios. El déficit público bajaría hasta el 2,3% del PIB en 2026, con una mejoría ya muy leve en 2027 debido a la ralentización del crecimiento. A final de ese año, la deuda pública todavía se situaría en el 97,8%.

Riesgos

El principal riesgo al alza para el crecimiento se concentra en el consumo de los hogares, que podría verse impulsado por una entrada de población extranjera más intensa de lo previsto y por una evolución de la tasa de ahorro distinta a la contemplada.

Los riesgos a la baja se derivan, una vez más, de la incertidumbre internacional. En el plano nacional, la inversión empresarial continúa condicionada por ese contexto y por el agotamiento de los fondos europeos. Además, el turismo podría verse más afectado por la pérdida tendencial de competitividad.

EMPRENDIMIENTO

Cómo superar las barreras a las que se enfrenta un nuevo empresario

Emprender significa emprender un nuevo proyecto con ilusión, pero también, por qué no decirlo, nuevas preocupaciones y riesgos. Por ese motivo, es importante conocer cuáles son las barreras de un emprendedor más habituales y cómo poder sortearlas para que la aventura de emprender sea un éxito.

Dinamismo empresarial en España

Nuestro país es especialmente dinámico desde un punto de vista empresarial, habida cuenta del volumen de creación de empresas y de disoluciones que se constata mensualmente a través del INE. Estamos, por tanto, ante una notable rotación de nuevas sociedades mercantiles que se constituyen y se disuelven.

Lo cierto es que en España ya superamos con creces la barrera de los 3 millones de empresas activas, lo que nos hace tener una idea clara de que la voluntad emprendedora en nuestro país está plenamente consolidada.

El triángulo de dificultades

Ahora bien, también es preciso subrayar algunos problemas comunes al emprendimiento en nuestro país que pueden frenar este dinamismo empresarial si no se adoptan mecanismos correctores adecuados. En este sentido, según un estudio de CaixaBank, se perfila un triángulo de dificultades que perciben los emprendedores a la hora de poner en marcha sus negocios: fiscalidad, financiación y trámites.

En efecto, el informe conjunto realizado por CEOE y GAD3 sitúa los impuestos como principal barrera, señalada por el 87% de los emprendedores, junto con la financiación (77%) y la burocracia (77%).

Causas de fracaso empresarial

Por otro lado, el informe GEM España 2024–2025, al analizar por qué se abandonan actividades emprendedoras, muestra que solo un porcentaje acotado de cierres se atribuye directamente a impuestos y burocracia. En este caso, pesan más factores como el product–market fit (encaje del producto en el mercado) deficiente, así como la falta de capacidades de gestión o la financiación mal planificada.

Esa misma idea aparece en el Mapa del Emprendimiento de South Summit, figurando, entre las causas de fracaso declaradas por emprendedores, el desajuste producto y el mercado encabeza, junto a la falta de financiación y la mala elección de equipo.

Falta de experiencia

Indudablemente, los riesgos de emprender son variados y, entre ellos, también está la falta de experiencia. Ser nuevo en un negocio obligará a aprender desde los tramites y la normativa vigente que es de aplicación para la actividad a emprender, así como tener una base de conocimiento previa sobre la gestión financiera, fiscal o de personal.

Muchas veces aspectos como el desconocimiento del mercado, la falta de fuentes de financiación adecuadas o el diseño de estrategias de marketing no realistas pueden poner en serio riesgo la viabilidad de emprender un nuevo negocio.

Para solucionar esta barrera, muchas veces es preciso invertir previamente en la educación empresarial que permita diseñar una hoja de ruta adecuada desde el primer momento.

Guía para emprender sin errores

Vistas las barreras más comunes a la hora de emprender, es interesante la guía de CaixaBank sobre cómo emprender en España sin caer en los errores más comunes:

1. Reducir la fricción regulatoria

Aunque el marco general regulatorio no depende del emprendedor, sí dependen de él la planificación y dar pasos legales bien informados. Registrar la marca, proteger la propiedad intelectual cuando aplique y conocer la normativa sectorial desde el principio puede ahorrar meses en la salida al mercado.

2. Financiación: pensar por etapas, mezclar instrumentos y no llegar tarde

Si el objetivo es emprender un negocio desde cero, conviene trazar un mapa financiero realista: cuánto capital necesitas hasta la siguiente «prueba de vida» de tu empresa (producto mínimo viable validado, primeras ventas, métricas de retención), en qué plazos y con qué fuentes se solventará. Sobre todo, es necesario considerar todas las vías de financiación existentes, que son muchas.

3. Capacidades clave: del producto al mercado

Si el product–market fit flojea, ninguna estructura financiera salvará el proyecto. Las evidencias citadas muestran que el ajuste al mercado y el equipo son determinantes del éxito.

MARKETING DIGITAL

Redes sociales y posicionamiento de tu negocio

Las redes sociales se han convertido en un canal esencial para las pequeñas y medianas empresas y profesionales autónomos. Sin embargo, muchos emprendedores no saben por dónde empezar o cometen errores que limitan su efectividad. Por ese motivo, es importante disponer de unas pautas generales de conducta que posibiliten aprovechar todo el potencial posible de las redes sociales como parte de tu estrategia de marketing digital.

Oportunidad de las redes sociales

En España, en torno a 40 millones de personas utilizan redes sociales activamente. Esto representa una oportunidad enorme para conectar con clientes potenciales, con el objetivo de ampliar el alcance y visibilidad de tu negocio.

A diferencia de la publicidad tradicional, las redes sociales permiten comunicación bidireccional y una segmentación precisa. Las empresas pueden responder preguntas, resolver problemas y recibir comentarios en tiempo real, lo que también mejora la satisfacción de la clientela y construye relaciones más sólidas.

Importancia de estar presente

Prescindir de las redes sociales no es una opción, máxime si tenemos en cuenta que se ha constatado que el 71% de los consumidores que tienen una experiencia positiva con una marca en redes sociales la recomendarán. No estar presente significa perder esas recomendaciones y, por tanto, ceder terreno a la competencia.

Beneficios adicionales

Otro beneficio significativo de las redes sociales es su capacidad para realizar investigaciones de mercado en tiempo real. Por otro lado, las redes sociales se han convertido en un canal vital para la atención continuada de los clientes.

Los consumidores recurren cada vez más a las redes sociales de las empresas para hacer preguntas, expresar quejas y buscar soporte técnico. Las empresas que pueden responder de manera rápida y efectiva a estas consultas no solo mejoran la satisfacción de su clientela, sino que también pueden convertir situaciones negativas en experiencias positivas, demostrando su compromiso con la excelencia en el servicio.

Todo ello tiene un fin último y de gran valor para el emprendedor: fortalecer la reputación de una marca.

Plan de contenido en redes sociales

Con objeto de facilitar la implementación eficaz de actuaciones de posicionamiento en redes sociales, la Asociación de Trabajadores Autónomos cuenta con una guía orientativa, centrada en la planificación y creación de contenidos.

Esta guía pone de manifiesto que las redes sociales pueden aumentar el tráfico que recibe tu sitio web y constituyen una herramienta de ventas esencial.

El Plan de Contenido en Redes Sociales debe formar parte de tu estrategia general de marketing; y debe incluir el uso de diversos tipos de contenido, como vídeos, fotografías, blogs, y contenido desarrollado exclusivamente para historias.

Los Planes de Contenido en Redes Sociales son necesarios porque te ayudan a ver todos los tipos de contenido que compartes en el transcurso del tiempo y ayudan a planificar la estrategia de marketing.

Aspectos básicos para crear un Plan de Contenido

1. Conoce a tu público

Te ayudará a decidir qué tipo de publicaciones funcionarán mejor y a elegir las plataformas de redes sociales más adecuadas. Algunos de los factores que debes identificar sobre tu público objetivo son la edad, género, educación, ubicación, etc.

2. Establece objetivos

Algunos objetivos pueden ser: mejorar el conocimiento de tu marca, generar tráfico hacia el sitio web, propiciar un crecimiento de ventas o la generación de leads.

3. Analiza tu competencia

Si tu competencia utiliza las redes sociales con éxito, estudia qué contenidos les funcionan bien, pero debes procurar que tus publicaciones sean siempre exclusivas.

4. Recopila contenido

Es probable que tu marca tenga ya creado cierto contenido para su uso en marketing. Analiza qué puedes reutilizar para las redes sociales.

5. Crea un calendario

Una correcta planificación de tus publicaciones en redes sociales con antelación te permitirá ahorrar tiempo.

6. Evalúa el contenido

Analizar qué tipos de publicaciones funcionan bien y generan una mayor interacción con tu público objetivo.

TÉCNICAS DE VENTA

¿Cómo asegurar ventas con una buena presentación comercial?

Las empresas deben crear a menudo presentaciones comerciales como documentación de apoyo para sus vendedores. Por ese motivo, es crucial saber cómo plantear este tipo de presentaciones. Una presentación puede ser la gran aliada de un comercial para conseguir un cierre de venta en una reunión con un cliente, o incluso en una exposición ante varios compradores potenciales.

La importancia de saber vender ideas

En el mundo empresarial, lo importante es cómo vendes tus ideas, no necesariamente las ideas en sí mismas. Puedes tener el mejor concepto del mundo, pero si no eres capaz de convencer a la gente de que eso les aportará beneficios, tu idea innovadora puede fracasar.

Cuestiones previas

Como punto de partida, es necesario plantearse dos cuestiones antes de planificar una presentación comercial:

1. ¿Sabes a quién te diriges?

Antes de comenzar, analiza a tus potenciales clientes. Comprende sus necesidades específicas, problemas y expectativas. La personalización es clave para generar una conexión inmediata. Tienes que entender a tu público, sentir el ritmo de sus necesidades y adaptar tu presentación en consecuencia.

2. ¿Conoces a tu competencia?

Del mismo modo, es esencial saber qué les ofrece la competencia. Así que, también a priori, realiza un análisis exhaustivo de tus competidores. Identifica sus fortalezas y debilidades para destacar los puntos diferenciadores de tu producto. Normalmente, los clientes y clientes potenciales a los que harás una presentación conocen el panorama general, así que es importante conocer la competencia, de cara a analizar por qué tú eres la mejor opción.

Tiempo limitado para captar atención

Si tienes claras estas hipótesis de partida, recuerda que, en la práctica, cuando vayas a hacer una presentación comercial tendrás poco tiempo para captar la atención del posible cliente y lograrlo es un reto cada vez más complejo para las empresas y marcas. La presentación de productos debe ser convincente y exhibir un argumento lo suficientemente fuerte para atraer la atención del público.

Pautas básicas

Seguidamente, haremos referencia a algunas pautas básicas que debes tener en consideración:

1. Define el objetivo de tu evento de presentación

En función del contenido y objetivo, deberás planificar el lugar de la presentación, el diseño o las personas que asistirán.

2. Breve introducción de la empresa

Al presentar tu empresa, describe brevemente los principales servicios o productos que presta a los clientes. Si tienes alguna ventaja específica sobre la competencia, comunícasela a tus clientes. Haz que los clientes sean conscientes de tu experimentación y capacitación. Comparte tus historias de éxito.

3. Céntrate en las necesidades del cliente

Intenta ser lo más conciso posible.

4. Focaliza la presentación en los beneficios

Focaliza la presentación en los beneficios o bondades del producto o servicio que ofreces y no tanto en sus características.

5. Si vas a utilizar una presentación gráfica de apoyo sigue la regla 10-20-30

Hoy en día, la gente tiene períodos de atención cada vez más cortos. Por ello es razonable utilizar la regla de 10 diapositivas, 20 minutos de presentación y que el tamaño de letra mínimo sea 30.

6. Utiliza gráficos de fácil lectura

Utiliza gráficos de fácil lectura y comprensión y no emplees más datos o cifras que los estrictamente necesarios.

7. Crea un guion o relato

Crea un guion o relato tendente a conectar, convencer y movilizar a una audiencia, yendo más allá de la simple transmisión de datos o información. Suelen ser útiles las técnicas narrativas que buscan apelar a las emociones y valores para crear un vínculo duradero.

8. Haz que el cliente se visualice con el producto o servicio

No basta con decir lo bueno que es el producto. Ni siquiera con explicar las ventajas que tiene para el usuario y que imagine, sobre todo, el futuro.

No olvides mostrar entusiasmo, ya que el objetivo de una presentación es generar una buena conexión.

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ACTUALIDAD FISCAL

Rebaja del IRPF para contribuyentes que ganen menos de 20.000 euros

El Ministerio de Hacienda ha anunciado una actualización de la deducción vigente en el IRPF para acompasar el sistema tributario a la nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Tras la reciente aprobación de un SMI para 2026 de 1.221 euros mensuales en catorce pagas, el Ejecutivo implementará una revisión fiscal destinada a que los perceptores de estas rentas no tengan que abonar la parte fiscal correspondiente.

Alcance de la medida

La medida se articula como una bajada fiscal en términos de deducción que beneficiará en la práctica a los contribuyentes con ingresos brutos inferiores a 20.000 euros anuales.

Aunque el salario mínimo se sitúa en 17.094 euros anuales, Hacienda ha extendido el beneficio hasta el umbral de los 20.000 euros para corregir el denominado «error de salto», evitando que un incremento salarial bruto resulte en una ganancia neta inferior debido a la retención.

Fórmula de aplicación

Como ya sucedió en 2025, el Ministerio de Hacienda se ha decantado por crear una deducción que permita que estos trabajadores recuperen lo aportado a lo largo del año al presentar la Renta, en lugar de igualar el mínimo exento de pagar IRPF al nuevo SMI, como había ocurrido hasta 2024.

La fórmula elegida por el Ministerio de Hacienda implica que cada mes se retendrá una parte de la nómina de los trabajadores que tienen este salario y que solo recuperarán si presentan la declaración de la Renta, a lo que no están obligados con este nivel salarial.

Una diligencia de embargo se mantiene de forma parcial cuando alguna de las deudas incluidas en ella haya sido anulada

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha recordado en una reciente resolución que el art. 170.3 de la Ley General Tributaria establece un elenco tasado de motivos de oposición frente a las diligencias de embargo, entre los que se incluyen la extinción o prescripción de la deuda, la falta de notificación de la providencia de apremio, el incumplimiento de las normas reguladoras del embargo y la suspensión del procedimiento recaudatorio. Fuera de estos supuestos, no resulta posible impugnar válidamente una diligencia de embargo.

Doctrina del TEAC

En relación con la alegación del reclamante sobre la imposibilidad de mantener parcialmente una diligencia de embargo cuando alguna de las deudas incluidas ha sido anulada o extinguida, el Tribunal aplica su doctrina consolidada.

El Tribunal aclara que la acumulación de varias deudas en un mismo embargo es conforme a Derecho (art. 75.3 del Reglamento General de Recaudación) y que la nulidad o extinción parcial de una deuda no afecta la validez de las demás.

De esta manera, según el TEAC, solo se debe ajustar la ejecución para excluir los importes correspondientes a la deuda anulada, preservando la eficacia del acto respecto de las deudas restantes.

Principio de conservación

Este criterio se basa en el principio de conservación de los actos administrativos (art. 64.2 de la Ley 30/1992), que establece que la nulidad parcial no invalida la totalidad del acto cuando las partes independientes subsisten y son ejecutables.

Conforme a esta doctrina, la acumulación de varias deudas en una misma diligencia de embargo es conforme a Derecho y la anulación o extinción de alguna de ellas no afecta a la validez del acto en su conjunto. En aplicación del principio de conservación de los actos administrativos, la diligencia puede mantenerse respecto de las deudas subsistentes, si bien la ejecución debe limitarse al importe efectivamente exigible.

Motivación de la diligencia

Asimismo, el Tribunal aborda la alegación de falta de motivación de la diligencia de embargo. Se sostiene que la motivación necesaria para este tipo de actos consiste en explicar que el embargo se realiza por la existencia de deudas pendientes en período ejecutivo, tras el vencimiento de la providencia de apremio.

No se exige detallar nuevamente los fundamentos jurídicos de la deuda, ya que estos constan en el acuerdo de derivación de responsabilidad, que es el acto original que estableció la obligación del contribuyente. Por ello, el acto recurrido se considera suficientemente motivado.

Conclusión

En conclusión, la diligencia de embargo impugnada de la que deviene esta reciente resolución del TEAC cumple con los requisitos legales de motivación, validez y eficacia. Su mantenimiento es conforme a Derecho, incluso cuando algunas de las deudas incluidas se han extinguido o prescrito, ajustando la ejecución únicamente al importe de las deudas válidas y respetando los actos interruptivos de prescripción ya documentados.

ACTUALIDAD MERCANTIL

Consecuencias del cierre registral de cara a la inscripción de actos

El cierre de la hoja registral es una sanción administrativa que consiste en la negativa a inscribir cualquier acto de una sociedad en el Registro Mercantil. Es fundamental comprender que se trata de un cierre provisional de la hoja registral que puede revertirse, una vez se subsana la causa que lo originó. De cualquier modo, el cierre hoja registral impide la formalización de la mayoría de los cambios societarios.

Causas del cierre registral

1. Por incumplimiento de presentación del Impuesto de Sociedades

Una de las causas de cierre de hoja registral se produce cuando la sociedad incumple su obligación de presentar la declaración del Impuesto de Sociedades durante tres ejercicios fiscales consecutivos.

Ante esta situación, la Agencia Tributaria emitirá la baja en el Índice de Entidades Jurídicas y provocará el cierre provisional de la hoja registral por baja en el índice, motivo por el cual no podrá realizar ningún tipo de inscripción en el Registro Mercantil hasta que la sociedad obtenga el alta de nuevo en dicho índice.

2. Por revocación del NIF/CIF

Del mismo modo, la baja provisional de la hoja registral puede venir dada por revocación del NIF/CIF (por inactividad, impagos o falta de depósito de cuentas), que además de conllevar la imposibilidad de realizar inscripciones en el Registro Mercantil se producirá una baja, en su caso, en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), así como la imposibilidad de obtener certificados de estar al corriente de pago de impuesto, junto con el cierre de certificados digitales.

3. Por falta de depósito de cuentas anuales

Otro de los motivos que derivan en el cierre registral es el incumplimiento de la obligación de los administradores de depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil en el plazo legalmente establecido (transcurrido un año desde la fecha de cierre del ejercicio sin haber depositado las cuentas), que también impedirá la inscripción de la mayoría de los actos de la sociedad.

Actos que sí se permiten registrar

En este último caso, existen algunos actos que sí se permiten registrar a pesar de esta sanción:

  • El cese o dimisión de administradores, gerentes y otras figuras de la sociedad
  • Revocación o renuncia de poderes
  • Asientos ordenados por la autoridad judicial o administrativa
  • Actos relativos a la liquidación de una sociedad (nombramiento de liquidadores)

Se prevé una transformación del sistema de control de las titularidades reales y la trazabilidad de las participaciones sociales en las SRL

Tras la aprobación por el Gobierno, el pasado 17 de febrero, del Anteproyecto de Ley de Integridad Pública, sometida a información pública por parte del Ministerio de Hacienda, y cuyo contenido general se expone en la sección Procesal del presente boletín, cabe indicarse que la norma contempla también una serie de disposiciones que afectarán directamente a la dinámica de funcionamiento de las sociedades de responsabilidad limitada (SRL).

Impacto en las SRL

De prosperar la norma, actualmente en fase de anteproyecto, en sus términos actuales, alteraría de manera sustancial la práctica societaria ordinaria en las SRL.

De manera resumida, supondría el desplazamiento del régimen de transmisión de participaciones sociales desde el esquema tradicional (documento público, control notarial y oponibilidad ligada a la dinámica societaria) hacia un modelo basado en documento privado electrónico estandarizado, con firmas electrónicas cualificadas, e inscripción constitutiva en una sección especial del Registro Mercantil.

Justificación de la reforma

La propuesta, de gran efecto desde un punto de vista mercantil, se presenta bajo el paraguas de la «integridad pública» y se justifica por la necesidad de reforzar el control de las titularidades reales y la trazabilidad de las participaciones sociales, desplazando el foco desde el «libro registro de socios» (ámbito interno de la sociedad) hacia un repositorio registral externo, dotado de efectos constitutivos.

Objetivo de transparencia

Así, bajo el objetivo de la norma de perseguir un mayor grado de transparencia sobre qué personas hay detrás de cada empresa, prevé la obligatoriedad de anotación en el Registro Mercantil la titularidad de las participaciones de las sociedades limitadas, de forma que los interesados puedan conocer el titular y los socios de las compañías y evitar casos con «sociedades pantalla».

Libro registro electrónico

Las sociedades limitadas tendrán que contar con un libro registro de socios electrónico que comunicarán al Registro Mercantil y actualizarán de forma anual, en el mismo plazo que presenten sus cuentas anuales.

En definitiva, el Registro Mercantil dispondrá de información en tiempo real de la vida jurídico-real de las participaciones, no solo la vida orgánica de la sociedad (administradores, cuentas, estatutos), sino la titularidad y sus cargas.

Cambio en los requisitos formales

La reforma sustituye la tradicional exigencia de documento público por un documento privado electrónico con las firmas electrónicas cualificadas de transmitente y adquirente. Esta novedad supone un desplazamiento del control que viene llevando a cabo hasta el momento el notario hacia el registrador.

ACTUALIDAD LABORAL

Aprobada la subida del 3,1% del SMI para el año 2026

El pasado 17 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026, que supone una subida del 3,1%, hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas, exento de tributación. El nuevo importe se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

Acuerdo con los sindicatos

La cifra se ha acordado con los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, en la Mesa de Diálogo social, sin el respaldo de la patronal. El acuerdo contempla abordar, además, que la subida sea efectiva para las personas trabajadoras con una regulación específica que evite mecanismos de compensación y absorción de los complementos específicos de las personas trabajadoras.

Cifras del nuevo SMI

De esta manera, en el año 2026, el SMI se incrementa 37 euros mensuales en 14 pagas, suponiendo un incremento de 518 euros anuales hasta los 17.094 euros.

Desde el año 2018 el SMI ha aumentado un 66%. Un incremento de 485,10 euros al mes y 6.791,4 euros al año.

Beneficiarios

Según la estimación obtenida con datos a partir de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2024, la subida beneficiará a unos 2,5 millones de personas trabajadoras.

Contratos de duración determinada

Las personas trabajadoras en contratos de duración determinada de menos de 120 días no podrán percibir una cuantía inferior a 57,82 euros por jornada legal en la actividad.

Empleadas de hogar

En el caso de las empleadas de hogar que trabajen por horas en régimen externo no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.

Despido procedente de un trabajador por extraer archivos con información de su empresa

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado procedente el despido de un trabajador de una cadena de supermercados que extrajo y copió en memorias externas gran volumen de archivos (un total de 55.129) relacionados con criterios y métodos logísticos, evolución de ventas y objetivos de la compañía, entre otros.

Resolución del TSJPV

El TSJPV desestima así el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador y confirma la resolución del Juzgado de lo Social número 4 de Vitoria-Gasteiz que consideró procedente este despido.

En su recurso ante el TSJPV el trabajador alegó, entre otras cuestiones, que la cadena de supermercados había intervenido sus equipos informáticos sin consentimiento ni advertencia previa, vulnerando su derecho a la intimidad y al secreto de comunicaciones, y que el despido era una represalia de la dirección por negarse a modificar el horario.

Hechos acreditados

El TSJPV recuerda que, según quedó acreditado en el tribunal de instancia, el demandante y su superior tuvieron una controversia sobre la dedicación del trabajador con reuniones los días 8 y 19 de septiembre de 2023 y posteriores correos electrónicos cruzados; y también que la empresa conoció el 8 de septiembre, tras recibir una alerta de seguridad informática de la división correspondiente, que desde el ordenador del demandante se había extraído un «gran volumen» de información.

En concreto, una auditoría reveló que el trabajador copió los días 8, 9, 10 y 20 de septiembre de 2023 a memorias externas (USB) de almacenamiento personal y no corporativo un total de 55.129 archivos con información de la empresa.

Normativa aplicable

La resolución también precisa que el convenio colectivo de la compañía fija unas normas de uso de los dispositivos electrónicos, así como pautas de conducta ética, que son conocidas por los trabajadores. Entre ellas está la prohibición de extracción de información de la empresa, bien sea en papel, impresión o a través de cualquier dispositivo de almacenamiento de uso privado de la persona; y el hecho de que la empresa podrá verificar, mediante los oportunos procedimientos de vigilancia y control, la correcta utilización de los medios informáticos y dispositivos electrónicos de su propiedad.

Asimismo, existe una instrucción expresa de la compañía de trabajar en la nube y no usar dispositivos de almacenamiento USB.

Criterio del tribunal

El TSJPV considera que el trabajador demandante «tenía conocimiento de las normas de uso de los dispositivos informáticos» de la empresa y de que esta podía verificar su correcta utilización en los términos expresados, por lo que no se ha vulnerado su derecho a la intimidad y al secreto de comunicaciones.

El tribunal confirma la existencia de un incumplimiento sancionable por parte del trabajador, ya que este copió un gran volumen de documentos de la empresa en USB, contra los criterios conocidos de la compañía, lo que constituye una infracción «muy grave» recogida en el convenio.

Además, el TSJPV no aprecia que el despido disciplinario «tenga carácter de represalia a ninguna reivindicación o negativa del trabajador» sino que responde a la citada actuación contraria a lo fijado en el convenio colectivo aplicable.

NOTICIAS

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