Antes de lanzarse a emprender, es fundamental conocer las distintas opciones jurídicas disponibles para elegir la que mejor se adapte a tus necesidades. Esta decisión puede marcar la diferencia entre iniciar un negocio con éxito o no obtener los resultados esperados.

Como emprendedor, puedes optar por registrarte como autónomo persona física o constituir una sociedad mercantil, una opción que brinda una estructura más formal y mayores posibilidades de crecimiento.

La posibilidad de decantarse por una opción u otra dependerá de muchos factores, tanto personales, fiscales, laborales, económicos o jurídicos, por lo que sería preciso conocer en profundidad qué tipo de actividad económica o empresarial se pretende ejercer y cuáles son las previsiones o perspectivas de desarrollo de negocio que se tienen.

Con carácter general, salvo que existan motivos de carácter económico o financiero que aconsejen lo contrario, podría ser más práctico comenzar con la fórmula jurídica más sencilla, dándose de alta como autónomo persona física.

Además, convertirse en autónomo persona física no requiere ninguna cantidad mínima para emprender, ya que no implica el desembolso de un capital social como es necesario al crear una sociedad.

Con respecto a la gestión de la actividad diaria, el autónomo persona física hará frente a sus obligaciones fiscales y mercantiles con menos complejidad que si decide emprender a través de una sociedad mercantil, ya que no tendrá que llevar contabilidad con arreglo al Código de Comercio ni proceder a otros compromisos como es el registro oficial de cuentas o tramitar el impuesto de sociedades, entre otras muchas cuestiones.

Ahora bien, un aspecto clave que es preciso destacar es que el empresario individual como autónomo persona física asume su actividad con una responsabilidad ilimitada, es decir, responderá de su patrimonio personal por las deudas frente a terceros.

Sin embargo, en el caso de las sociedades mercantiles, la responsabilidad del empresario o del autónomo societario se circunscribe, con carácter general, sólo al capital que ha aportado a la empresa ante posibles situaciones de crisis o insolvencia.

Además, las sociedades mercantiles pueden repercutir una mayor variedad de gastos que se pueden desgravar a través del Impuesto de Sociedades mientras que el autónomo persona física tiene muy limitada la posibilidad de deducirse gastos a través del IRPF, aunque se hayan generado en la actividad.

Cada opción ofrece ventajas y limitaciones que dependen de factores como la actividad que deseas realizar, tus objetivos de crecimiento, y la proyección económica que esperas alcanzar. Por eso, en nuestro coworking, te brindamos el espacio, el asesoramiento necesario y el respaldo que necesitas para elegir la fórmula jurídica que te permita avanzar con seguridad y confianza en tu negocio.